La utilización reiterada de la IA para citar sentencias inexistentes, autos presentados como sentencias y entrecomillados no contenidos en las resoluciones citadas constituye un indicio suficiente de actuación negligente con relevancia procesal. Cuando esa práctica afecta de forma extensa a la fundamentación del recurso, justifica la apertura de una pieza separada para depurar la eventual mala fe procesal del letrado.
Inteligencia artificial en la redacción de escritos judiciales
La cuestión de fondo que se plantea en suplicación se centra es determinar si el proceso de IT iniciado por el actor debe calificarse como derivado de enfermedad profesional o, por el contrario, como enfermedad común.
El TSJ confirma la sentencia de instancia que declaró el carácter común de la contingencia. Considera que cuando un trabajador no realiza actividades expuestas a agentes cancerígenos listados en el cuadro de enfermedades profesionales, y no existen evidencias de exposición significativa a dichos agentes en su puesto, la IT derivada de su enfermedad no puede calificarse como enfermedad profesional sino como enfermedad común, aun cuando la patología esté listada en el anexo de enfermedades profesionales y haya sido reconocida inicialmente como tal por la administración.
Al examinar la fundamentación, la Sala comprueba que varias resoluciones no existen, otras están mal identificadas, algunas son autos citados como si fueran sentencias y muchos párrafos entrecomillados no figuran en los textos invocados.
La cuestión discutida no es ya el acierto material del recurso, sino la consistencia de las citas utilizadas para sostenerlo.
El TSJ conecta esa exigencia con la diligencia profesional debida en la elaboración del recurso y destaca que no se trata de un simple error aislado, sino una conducta caracterizada por la reiteración: 24 citas espurias, resoluciones inexistentes o ajenas a la cuestión debatida, y textos atribuidos a tribunales que no pueden verificarse. Esa acumulación permite apreciar una falta de revisión incompatible con el estándar exigible al profesional que firma el escrito, suficiente para activar un cauce específico de depuración de responsabilidades por conductas contrarias a la buena fe procesal.
Añade además, que el uso de inteligencia artificial generativa en la redacción forense no excluye la responsabilidad de quien presenta el escrito. Al contrario, si se emplean sin verificación posterior y producen «alucinaciones» o citas inventadas, el incumplimiento sigue siendo imputable al profesional firmante.
En definitiva, la aportación masiva de jurisprudencia inexistente, alterada o apócrifa en un recurso extraordinario evidencian una conducta reveladora de negligencia y justifica, por sí sola, la apertura de una pieza separada para examinar la eventual mala fe del letrado.